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La regla de los 1000 puntos, paso a paso

Categoría, cantidad, multiplicador y suma: cómo comprobar que la carga no pasa de 1000 puntos.

En este artículo
  1. De qué trata el 1.1.3.6
  2. Categorías, límites y multiplicadores
  3. Qué cuenta como cantidad
  4. Tres ejemplos de cálculo
  5. Qué desaparece y qué se mantiene
  6. Ponlo en práctica

Una furgoneta lleva garrafas de gasolina y botellas de gas a una obra. Las dos son mercancías peligrosas. Aun así, en ciertas condiciones puede circular sin paneles naranja y el conductor no necesita el certificado ADR. Lo decide un cálculo previsto en el 1.1.3.6 del ADR, que en el sector todo el mundo llama «regla de los 1000 puntos».

De qué trata el 1.1.3.6

La exención solo vale para mercancías peligrosas en bultos, es decir, en embalajes, GRG o botellas. Nunca se aplica al transporte en cisterna ni a granel (ADR 1.1.3.6.2). El cálculo se hace por unidad de transporte: un vehículo a motor solo o con su remolque enganchado (ADR 1.2.1).

Cada mercancía tiene una categoría de transporte del 0 al 4. La encuentras en la columna (15) de la tabla A del capítulo 3.2: arriba la categoría y debajo, entre paréntesis, el código de restricción en túneles (ADR 1.1.3.6.1 y 3.2.1). La gasolina (UN 1203) es de categoría 2 y el gasóleo (UN 1202) de categoría 3.

Categorías, límites y multiplicadores

Si todo lo que llevas es de una misma categoría, comparas la cantidad directamente con el límite del cuadro del 1.1.3.6.3. Con una carga mixta, multiplicas la cantidad de cada mercancía por el factor de su categoría y sumas. El total no puede pasar de 1000 (ADR 1.1.3.6.4). El ADR lo llama valor calculado; en la práctica se habla de puntos.

CategoríaCantidad máximaFactor
00, sin exención–
12050
23333
310001
4ilimitadano cuenta
  • Categoría 0: mercancías especialmente peligrosas, como las materias de la clase 4.2 del grupo de embalaje I
  • Categoría 1: grupo de embalaje I, gases tóxicos
  • Categoría 2: grupo de embalaje II, gases inflamables como el propano
  • Categoría 3: grupo de embalaje III, gases asfixiantes y comburentes como el oxígeno
  • Categoría 4: embalajes vacíos sin limpiar, objetos 1.4S

El grupo de embalaje es solo una pista; lo que vale es la columna (15). Los multiplicadores están elegidos para que cada límite equivalga a un valor calculado de 1000 (nota b del cuadro del 1.1.3.6.3). La nota a fija una excepción: para los UN 0081, 0082, 0084, 0241, 0331, 0332, 0482, 1005 y 1017 el límite es de 50 kg, y en la suma la cantidad se multiplica por 20. Entre ellos están el AMONIACO ANHIDRO (UN 1005) y el CLORO (UN 1017).

Los embalajes vacíos sin limpiar van a la categoría 4. Si contuvieron una materia de categoría 0, se quedan en la categoría 0 (ADR 1.1.3.6.1).

Para recordarlo: categoría 1 por 50, categoría 2 por 3, categoría 3 por 1. La categoría 4 no cuenta y la categoría 0 nunca está exenta.

Qué cuenta como cantidad

El número que metes en el cálculo depende de lo que transportas (ADR 1.1.3.6.3):

  • Líquidos: los litros que contiene, no la capacidad del envase.
  • Sólidos, gases licuados, gases licuados refrigerados y gases disueltos: la masa neta en kilogramos. En el propano cuenta el gas, no la botella.
  • Gases comprimidos, gases adsorbidos y productos químicos a presión: la capacidad en agua del recipiente, en litros. La presión de llenado no cambia nada.
  • Objetos: la masa sin embalaje en kilogramos. En la clase 1, la masa neta de materia explosiva.

Las mercancías que ya están exentas por otra disposición no se cuentan (ADR 1.1.3.6.5). Entre ellas están las cantidades limitadas (LQ, capítulo 3.4) y las cantidades exceptuadas (EQ, capítulo 3.5), que son exenciones aparte con sus propias condiciones (ADR 1.1.3.4.2 y 1.1.3.4.3). Tampoco cuenta el combustible del depósito con el que se mueve el propio vehículo (ADR 1.1.3.3 a)).

Tres ejemplos de cálculo

1. Solo gasolina

Una furgoneta lleva 300 litros de gasolina (UN 1203) en garrafas al almacén de una constructora. La gasolina es de categoría 2 y el límite está en 333 litros.

  • gasolina, categoría 2: 300 l × 3 = 900 puntos

Resultado: 900 puntos, se aplica la exención. Con 340 litros serían 1020 puntos, demasiado.

2. Carga mixta

Un vehículo reparte tres mercancías a un taller:

  • gasóleo (UN 1202), categoría 3: 200 l × 1 = 200 puntos
  • gasolina (UN 1203), categoría 2: 100 l × 3 = 300 puntos
  • LÍQUIDO CORROSIVO, N.E.P. (UN 1760), grupo de embalaje I, categoría 1: 5 l × 50 = 250 puntos

Resultado: 200 + 300 + 250 = 750 puntos, se aplica la exención. Los 5 litros de categoría 1 pesan más en el cálculo que los 200 litros de gasóleo.

3. Botellas de gas

  • 6 botellas de propano (UN 1978) con 33 kg de gas cada una, categoría 2. El propano es un gas licuado, así que cuenta la masa neta: 198 kg × 3 = 594 puntos
  • 8 botellas de OXÍGENO COMPRIMIDO (UN 1072) con 50 litros de capacidad en agua cada una, categoría 3. Aquí cuenta la capacidad: 400 l × 1 = 400 puntos

Resultado: 594 + 400 = 994 puntos, la exención se aplica por poco. Una séptima botella de propano suma 33 kg × 3 = 99 puntos. Con 1093 puntos, la exención ya no vale.

Qué desaparece y qué se mantiene

Por debajo del límite no tienes que aplicar, entre otras, estas disposiciones (ADR 1.1.3.6.2):

  • paneles naranja y placas-etiquetas en el vehículo (capítulo 5.3),
  • las instrucciones escritas (sección 5.4.3),
  • la parte 8, salvo las excepciones de más abajo; por tanto, tampoco el certificado de formación del conductor (8.2.1) ni el equipamiento del 8.1.5, como el calzo o el chaleco fluorescente,
  • las disposiciones de construcción y aprobación de vehículos (parte 9),
  • las disposiciones de protección (capítulo 1.10). Siguen valiendo, eso sí, para las mercancías peligrosas de alto riesgo de la clase 1 y para los bultos exceptuados de la clase 7 (UN 2910 y 2911) cuya actividad supere el valor A2.

Estas obligaciones se mantienen:

  • Bultos: embalaje, marcado con el número ONU y etiquetas de peligro. El capítulo 5.2 no está en la lista de la exención.
  • Documento de transporte: según el 5.4.1, a bordo en la cabina (8.1.2.1 a)). Debe indicar para cada categoría de transporte la cantidad total y el valor calculado (5.4.1.1.1 f), nota 1).
  • Extintor: uno portátil para las clases de inflamabilidad A, B y C, con al menos 2 kg de polvo (8.1.4.2). Debe estar precintado, revisado y a mano (8.1.4.4 y 8.1.4.5).
  • Formación: según el capítulo 1.3 para todas las personas que intervienen, también el conductor sin certificado ADR (8.2.3).
  • Conducta: no abrir los bultos (8.3.3), nada de aparatos de iluminación portátiles con superficies metálicas que puedan producir chispas (8.3.4) y prohibido fumar durante la manipulación, cigarrillos electrónicos incluidos (8.3.5).
  • Carga: el capítulo 7.5, con las prohibiciones de cargamento en común (7.5.2) y la manipulación y estiba (7.5.7). Solo desaparece la disposición especial CV1.

Algunas mercancías piden más: las disposiciones especiales V5 y V8 (7.2.4), ciertas disposiciones S del capítulo 8.5 y la vigilancia de los vehículos del capítulo 8.4. Por eso, aunque lleves poca cantidad, mira también las columnas (16) y (19) de la tabla A.

Ponlo en práctica

El cálculo siempre sigue los mismos pasos: categoría en la columna (15), cantidad en la unidad correcta, multiplicador y suma. Tras unos cuantos ejercicios lo haces de cabeza.

En el test gratis, después de cada respuesta ves la explicación con su fuente. En la app tienes más preguntas sobre exenciones y límites de cantidad.

Fuentes

ADR 2025 en la versión publicada en el BOE núm. 3, de 3 de enero de 2025: subsecciones 1.1.3.3, 1.1.3.4 y 1.1.3.6, definiciones del 1.2.1, explicación de las columnas (15), (16) y (19) en el 3.2.1 y capítulo 3.2, tabla A, apartado 5.4.1.1.1, secciones 8.1.2, 8.1.4 y 8.2.3, y capítulo 8.3. El artículo explica lo básico. Para un transporte concreto, vale lo que dice el texto del ADR.

Actualizado: 2 de octubre de 2026